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FORO DE DEBATE CÁDIZ 2012

"Un proyecto de futuro para un Cádiz renovado, moderno y sostenible"

SEDE DEL CONSTITUCIONALISMO

DECLARACIÓN CÁDIZ 2012 para la Renovación de la Ciudad.

En el artículo anterior de esta serie sobre la Declaración de Cádiz 2012 –suscrita por el Ateneo Gaditano, Asociación de la Prensa de Cádiz y Foro de Debate Cádiz 2012-, Patricio Pemán ha expuesto con rigor y precisión los fundamentos históricos y políticos-jurídicos que definen a Cádiz como la cuna del constitucionalismo español, europeo y mundial.
Ante esta incuestionable realidad, la Declaración Cádiz 2012 incluye también otras propuestas de actuación para que Cádiz sea también en realidad la sede del constitucionalismo. En este artículo voy a sintetizar las citadas propuestas.
La primera propuesta es la creación del Archivo Constitucional del Estado, como la institución estatal responsable de la acogida, tratamiento, inventario, conservación y servicio de los documentos a los ciudadanos, administración pública e investigación. En consecuencia, se trata de reunir la documentación seleccionada en materia constitucionalista por su valor informativo, histórico y cultural, conservándole a perpetuidad en condiciones que garanticen su integridad y transmisión a generaciones futuras.
La legislación del sistema archivístico español se conforma actualmente por la Constitución de 1.978, que establece las competencias exclusivas del Estado en cuanto a la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental y se rige por la Ley de Patrimonio Histórico español de 1.985.
El rango de Archivo Estatal lo tienen el Archivo Histórico Nacional (1.866); el Archivo de la Corona de Aragón (1.780); el Archivo General de Simancas; el Archivo General de Indias (1.785) y el Archivo General de la Administración con sede en Alcalá de Henares (1.858). Fue Isabel II la que promulgó la legislación pertinente para la caótica documentación dispersa, entre ellas, la procedente de la política hacendística que significaba las leyes derivadas de las Cortes de Cádiz de 1.812. Recientemente, se han creado nuevas secciones del Archivo Histórico Nacional como la de Toledo.
El Archivo Constitucional del Estado tendría como función principal la recopilación de todos los documentos relacionados con la materia constitucionalista, sea cuales sean su fecha, forma y soporte material, producidos o recibidos por organismos públicos y privados o personas físicas. Los fondos actualmente disponibles sobre constitucionalismo están en el Archivo del Congreso de los Diputados, que reúne toda la información desde 1.810 hasta nuestros días, compuesto por más de 10.000 legajos en dos secciones de fondos parlamentarios y fondos administrativos; en diversos Archivos del Patrimonio Nacional; en Archivos Históricos Provinciales; en diversas Universidades y en instituciones privadas. En el Tribunal Constitucional existe un archivo general de la estructura orgánica del mismo como archivo central e histórico, solamente referido a la documentación generada en el ejercicio de la función jurisdiccional.
La propuesta de la Declaración Cádiz 2012 de la creación con sede en Cádiz del Archivo Constitucional del Estado, es tan ambiciosa como tan posible y necesaria. Sería absurdo desaprovechar la oportunidad del Bicentenario sin que Cádiz reclame la centralización en este Archivo de toda la materia constitucionalista dispersa.
No es suficiente, ni mucho menos, que la merecida pretensión pueda limitarse a la anunciada creación de la Fundación del Centro de Estudios Constitucionales de 1.812, a la que se deja como legado la documentación constitucionalista obtenida de las actividades de la Comisión Nacional del Bicentenario y su Consorcio ejecutivo. Se trata, por el contrario, de una propuesta de ámbito estatal con patronazgo del mismo nivel, en el que sin duda podrá integrarse las diversas iniciativas que con esfuerzo y mérito se han desarrollado en Cádiz, en especial la documentación recopilada por el Casino Gaditano, así como más recientemente por la Universidad de Cádiz.
Una segunda propuesta de la Declaración Cádiz 2012 para que Cádiz sea efectivamente sede del constitucionalismo, es la creación de la Real Academia de Estudios Constitucionales con sede en la ciudad, con rango normativo y funcional similar a las Reales Academias actualmente existentes de ámbito nacional, como son la Real Academia Española, la de la Historia, la de Bellas Artes de San Fernando, la de Ciencias Físicas, Exactas y Naturales, la de Ciencias Morales y Políticas, la de Medicina, la de Farmacia y la de Jurisprudencia y Legislación. Son Reales Academias surgidas inicialmente del espíritu de la ilustración y amparadas por la Corona, todas de ámbito estatal. Posteriormente, se crearon la Real Academia de Doctores de España, la de Ciencias Económicas y Financieras (1.958), la de Ciencias Veterinarias (1.988) y la de Ingeniería (1.994). Las Reales Academias de ámbito estatal están agrupadas en el Instituto de España, actualizado por Real Orden 1160/2010. La revitalización de las Academias ha hecho posible el movimiento asociativo a nivel internacional cuya principal muestra es Allea creada en 1.994, con sede en Holanda.
Las Reales Academias han sido y siguen siendo las entidades que representan la excelencia en los diversos campos de las ciencias, las artes y las humanidades. Cumplen una finalidad de interés público en el fomento de la investigación y del estudio en las distintas ramas del saber, así como en la divulgación del mismo. Sus valores esenciales son, por un lado, la categoría de sus miembros, en quienes concurren los más altos méritos intelectuales y científicos, y por otro, su estabilidad e independencia. Sus miembros son elegidos por sus conocimientos científicos y humanísticos. En estas Reales Academias hay varios centenares de académicos, lo que permite llevar a la sociedad las reflexiones, investigaciones y ponencias sobre cada especialidad.
Las Reales Academias se nutren de los fondos asignados en los Presupuestos Generales del Estado para inversiones y gastos de funcionamiento de las mismas. También asigna fondos a otras Academias de ámbito no estatal, concretamente en el Presupuesto General del Estado de 2011 se han asignado fondos a nuevas Academias como Instituto d’Estudios Catalans, Academia de la Lengua Vasca, Real Academia Galega, Elhuyar Fundazioa y Euskaltzainda, ésta última con una dotación plurianual recogida en los citados Presupuestos Generales del Estado por un importe anual superior a diez millones de euros.
La tercera propuesta de la Declaración Cádiz 2012 quiere instar al Gobierno español para solicitar la creación por Naciones Unidas de la Organización Mundial del Constitucionalismo, con sede en Cádiz, constituyéndose como principal institución internacional del constitucionalismo y foro mundial para debatir cuestiones de este ámbito. La oportunidad de esta nueva Organización Mundial del Constitucionalismo es grande, si se tiene en cuenta que constitucionalismo moderno debe alejarse de la historia constitucional nacional e iniciar una perspectiva del constitucionalismo global.
La propuesta significa aplicar al ámbito constitucionalista el instrumento de otras organizaciones internacionales de la UNESCO en otras materias, tales como la Organización Mundial del Trabajo creada en 1.930 y la más reciente Organización Mundial del Turismo. Cada Organización Mundial tiene su sede en países distintos. Madrid es la sede de la Organización Mundial del Turismo, sin duda por la importancia del turismo español en el ámbito mundial. Méritos similares tendría Cádiz para ser designada sede la Organización Mundial del Constitucionalismo. Un antecedente de la propuesta podría ser el Centro de Documentación Internacional UNESCO establecido en Argentina en 1.957, con sede en Buenos Aires, depositario de documentos, libros y publicaciones de la UNESCO en esta materia.
La cuarta propuesta de la Declaración Cádiz 2012 es que Cádiz debe reclamar su carácter de ciudad constitucionalista para su reconocimiento, significación y presencia en las actividades constitucionalistas de la Unión Europea. De importancia singular resultaría que el Gobierno de España presente la candidatura de Cádiz para ser sede de la formalización de la Constitución Europea aún pendiente. Cádiz tiene méritos suficientes para añadir su nombre a los diversos hitos constitucionalistas de la Unión Europea en los Tratados constitutivos de Roma y París y en los Tratados y Actas que los modifican de Bruselas, Maastricht, Amsterdam, Niza y Lisboa.
Esta propuesta de la Declaración Cádiz 2012 fue ya presentada con anterioridad a la presidencia de España de la Unión Europea en 2010, pero la ocasión perdida puede ser ahora sustituida por la presentación de la citada candidatura con motivo de la conmemoración del Bicentenario.
Todas las propuestas presentadas por la Declaración Cádiz 2012 se basan en que Cádiz sea la sede real del constitucionalismo, no quedando el reconocimiento de sus méritos como cuna del mismo. ¿Se puede tener reconocida la propiedad de cuna sin tener la posesión de sede? El compromiso nacional e internacional del reconocimiento de Cádiz como cuna del constitucionalismo no debe quedar en efemérides de un recuerdo histórico, por muy brillante y reconfortador que resulte. Se trata de extender el concepto de cuna a sede, que permitirá el desarrollo de actividades que aporten valor añadido y sean permanentes, que supongan un crecimiento material e intelectual y que contribuyan al acervo cultural e intelectual de la ciudad, con un empleo recurrente de alta calidad. Baste pensar en el número de académicos, investigadores, juristas, documentalistas históricos, directivos y facultativos de la administración pública nacional e internacional y expertos constitucionalistas.
Con la implantación de las citadas propuestas contenidas en la Declaración Cádiz 2012 se conseguiría una regeneración social que tanto necesita Cádiz, en paralelo con otras propuestas del ámbito cultural y socio-económico que figuran igualmente en la citada Declaración y que están siendo objeto de publicación continuada en este Diario. Además de la incidencia en las actividades económicas directas e indirectas, que en otros documentos hemos significado.
No estamos hablando de actividades menores. Son ambiciosas pero tienen fundamentos que las justifican, las hace posibles y son realizables. Estamos hablando de propuestas que nacen de una realidad: la Constitución de las Cortes de Cádiz de 1.812, que fue capaz de definir el rumbo de la historia. La ciudad que abrió tan esplendorosamente la senda del constitucionalismo, debe reclamar la excelencia intelectual y material de ser sede del constitucionalismo mundial.



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